Para continuar con el tema de la Ley de Protección Animal
referido en el artículo de la edición pasada seguimos con los animales que no
deben considerarse mascotas. A muchos nos maravillaría el hecho de poseer como
mascotas guacamayos, zarigüeyas, monos, tortugas, tucanes; incluso, como he
presenciado, caimanes, cunaguaros y venados. Sin embargo, aunque atrayente la
condición y rareza por poseer este tipo de animales, las consecuencias de este
tipo de acciones son terribles en la supervivencia de las especies y en el
orden natural de la fauna y flora de nuestras tierras. La Ley de Protección Animal
representa un gran esfuerzo por asegurar la calidad de vida de cada una de las
clases de animales, pero esto también depende de nuestra iniciativa y actitud
en el respeto y la preservación.
El principal factor de trasgresión es
el tráfico incontrolable de especies protegidas. No le demos esa oportunidad a
los abusadores. Evita, por ejemplo, la compra de periquitos, loros y otras aves
en las vías nacionales. Alerta sobre el intercambio clandestino de especies
realizados en las plazas de algunos pueblos o en las urbanizaciones de las
ciudades. Cuando visites localidades selváticas no compres objetos
“artesanales” y/o “medicinales” hechos con partes animales. Multiplica el
mensaje organizando actividades para conocer detenidamente —puede ser a través
de películas, enciclopedias, libros— las distintas especies de Venezuela y su
ciclo de vida. Sin arrancarle vida a la naturaleza: son los animales en
libertad el verdadero tesoro que posees.
Lic. Merly Pino